10 preguntas y respuestas sobre la CSDDD o CS3D (Directiva sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad) tras Ómnibus

La CSDDD (Corporate Due Diligence Directive), aprobada el 24 de mayo de 2024, obliga a las empresas a evaluar e informar sobre sus impactos negativos en derechos humanos y medioambiente. La UE simplifica su aplicación mediante el paquete normativo Ómnibus, que modifica aspectos clave de la directiva.

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La diligencia debida es un proceso que permite a las empresas identificar, prevenir, mitigar y responsabilizarse de cómo abordar sus impactos adversos reales y potenciales. En este artículo resumimos los aspectos más destacados de la directiva europea sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDDD).

1. ¿Cuáles son los antecedentes de la CSDDD?


La CSDDD o CS3D (Corporate Sustainability Due Diligence Directive o Reglamento sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad de las empresas) se basa en:

  • los Principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos (2011),
  • las Directrices de la OCDE para las empresas multinacionales,
  • la importancia de una conducta responsable por parte de las empresas,
  • y está en consonancia con las normas laborales y de derechos humanos reconocidas internacionalmente.


Varios estados miembros de la UE (entre ellos, Francia, los Países Bajos y el Reino Unido) ya cuentan con normas nacionales de diligencia debida en materia de ASG (criterios Ambientales, Sociales y de Gobierno corporativo). La directiva a escala de la UE pretende armonizar la aplicación y los marcos de responsabilidad civil, así como ampliar los esfuerzos en todo el bloque.


2. ¿Qué objetivos persigue la CSDDD?


Esta Directiva, adoptada por el Consejo de la UE en mayo de 2024 tras un largo proceso legislativo, aspira a imponer la diligencia debida con respecto a los impactos adversos potenciales o reales sobre:

  • los derechos humanos (por ejemplo, trabajo infantil y explotación de los trabajadores)
  • y el medioambiente (por ejemplo, contaminación y pérdida de biodiversidad) derivados de las actividades propias de las empresas, sus filiales y sus socios directos.

La CSDDD regula las responsabilidades de las empresas en cuanto a los posibles impactos adversos en los derechos humanos y el medioambiente. Las empresas ya no estarán obligadas a realizar evaluaciones exhaustivas y sistemáticas de los impactos adversos dentro de sus cadenas de valor en relación con socios comerciales indirectos.

Con la llegada del paquete Ómnibus, el plan de transición para reducir los efectos del cambio climático tampoco será obligatorio y se ajustará a los estándares establecidos en la CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive).


3. ¿Cuál es el ámbito de aplicación de la CSDDD?

Empresas constituidas en la UE

Están obligadas a cumplir con la diligencia debida:

  • las empresas establecidas en la Unión con más de 1.000 trabajadores por término medio y un volumen de negocios neto mundial superior a 450 millones EUR en el último ejercicio financiero respecto del que se hayan elaborado o hayan debido elaborarse estados financieros anuales (siempre que cumplan dichos criterios durante dos ejercicios consecutivos).


Empresas de terceros países con actividades en la UE

Se fija el ámbito de aplicación de la directiva en empresas que se hayan constituido de conformidad con la legislación de un tercer país y que cumplan alguna de las condiciones siguientes:

Para conocer a partir de qué año cada categoría de empresa deberá comenzar a cumplir con la obligación de reporte según su tamaño y volumen de negocio, revisa el punto 9. ¿Cuándo entra en vigor?.

Tras Ómnibus ya no se establecen sanciones del 5% de la facturación neta global como límite superior para las sanciones. La Comisión ahora solo quiere proporcionar directrices y otorgar a los Estados miembros mayor autonomía en materia de responsabilidad civil.


4. ¿Cómo afectará la CSDDD a las empresas fuera de la UE?


Las empresas no pertenecientes a la UE también estarán sujetas si operan en la UE.
Las compañías de terceros países incluidas en el ámbito de aplicación deben designar un representante autorizado dentro de la UE.
Incluso si la empresa queda fuera del alcance de la CSDDD de la UE, es probable que el aumento de la presión para alinear las operaciones y las cadenas de suministro con los objetivos de ESG impulse legislaciones similares en otras jurisdicciones.


5. ¿Cómo afectará la CSDDD a las pymes?

La Directiva no propone normas directamente aplicables a las pequeñas y medianas empresas.


6. ¿Cómo afectará la CSDDD al vector residuos?

Las empresas deben identificar, prevenir y mitigar impactos negativos en el medioambiente, lo que incluye la gestión de residuos, con especial atención a los peligrosos. 

Aunque el paquete Ómnibus ha flexibilizado la responsabilidad sobre socios comerciales indirectos, las empresas siguen obligadas a supervisar el impacto ambiental de sus proveedores directos, lo que puede incluir prácticas de gestión de residuos.


7. ¿Cómo se garantizará su cumplimiento?


Los Estados Miembros deberán:

  • supervisar que las empresas cumplen con sus obligaciones y, en tal sentido, podrán imponer sanciones o emitir órdenes exigiéndoles su cumplimiento;
  • designarán una autoridad nacional competente que garantizará su aplicación y que las sanciones que se impongan sean efectivas, disuasorias y proporcionadas. Además, cuando las sanciones sean monetarias, tendrán que ser proporcionales al modelo de negocio de la empresa;
  • tendrán que habilitar, además, un medio de comunicación para que toda persona física o jurídica pueda ejercer su derecho a presentar sus inquietudes si existen sospechas de que una empresa podría haber identificado o mitigado un impacto adverso con medidas adecuadas de diligencia debida.


Se exigirá a las empresas que:

  • identifiquen y, en caso necesario, prevengan, pongan fin o mitiguen el impacto negativo de sus actividades sobre los derechos humanos y el medioambiente, como el trabajo infantil, la esclavitud, la explotación laboral, la contaminación, la degradación medioambiental y la pérdida de biodiversidad.
  • supervisen y evalúen el impacto de sus socios directos en la cadena de valor.


8. ¿En qué beneficia a las grandes empresas?

La Directiva supondrá para las empresas sujetas a dicha norma:

  • Disponer de unas reglas comunes y claras sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial.
  • Un incentivo para que los consumidores se sientan más atraídos por los productos fabricados de forma ética y ambientalmente sostenible, reportando mayor beneficio.
  • Cumplir mejor las expectativas de los inversores que piden requisitos de transparencia y puntos de referencia coherentes para estar seguros de los estándares de diligencia debida aplicados en la cadena de valor.
  • Reforzar la gestión de riesgos y aumentar la resiliencia de las empresas al integrar mejor las consideraciones sociales, ambientales y de salud en sus estrategias empresariales.
  • A pesar de la reducción de su ámbito de aplicación y ambición, se espera que la Directiva contribuya a "igualar las condiciones" para las empresas con sede o que operan en la UE mediante la creación de un marco armonizado de diligencia debida.


9. ¿Cuándo entra en vigor?


El Parlamento Europeo aprobó la Directiva el 24 de abril de 2024, y el Consejo de la UE dio su aprobación final el 24 de mayo de 2024. La Directiva entró en vigor el 25 de julio de 2024.

Posteriormente, el paquete de medidas Ómnibus de la UE de febrero de 2025 supuso modificaciones significativas en la directiva.

Los Estados miembros dispondrán hasta el 26 de julio 2027 para transponer la legislación a su ordenamiento jurídico nacional, y los requisitos comenzarán a aplicarse a las empresas según el tamaño de la compañía.

Esta normativa se aplicará de manera gradual a las empresas de la UE (y a las empresas de fuera de la UE que alcancen los mismos umbrales de facturación en la UE). ‍Tras el paquete Ómnibus, estas son las fechas:

  • En 2028, a las empresas de la UE de 5000 empleados con un volumen de negocios mundial neto superior 1500M€ y sociedades fuera de la UE que cumplan el referido umbral de negocios en el mercado europeo.
  • En 2029, a las empresas de la UE con más 3000 empleados y con un volumen de negocios mundial neto superior a 900 M€, y sociedades fuera de la UE con el mismo umbral de volumen de negocios en mercado europeo.
  • En 2030, a las demás empresas sujetas a la Directiva


10. ¿Qué relación tiene con la CSRD?

 La CSRD proporciona el marco para que las empresas informen sobre sus desempeño y estrategias de sostenibilidad, y la CSDDD complementa este enfoque al obligar a las empresas a actuar proactivamente en la gestión de los riesgos y efectos adversos asociados a sus operaciones. 

Además, algunos aspectos de la CSDDD, como la adopción de planes de transición para la mitigación climática, se están alineando con las directrices establecidas en la CSRD, lo que contribuye a una mayor coherencia y simplificación en el cumplimiento de las obligaciones de sostenibilidad.

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Para más información:

Fuentes:
  • Why It’s Important That European Governments Are Moving To Regulate The Treatment Of Workers Globally. Forbes, 06.06.2023
  • El Parlamento Europeo da luz verde a la Directiva de diligencia debida en materia de sostenibilidad. Garrigues, 24.04.2023
  • Commission proposes to cut red tape and simplify business environment. European Comission, 26.02.2025

Fecha
3/5/25
Categoría
Normativa
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