Novedades normativas 2024 en medioambiente y sostenibilidad empresarial

Europa despliega un amplio abanico de normas con el fin de que las empresas cumplan criterios ambientales, sociales y de buen gobierno. Esta es la regulación ESG que marcará el 2024.

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En 2024, las compañías deberán verificar el cumplimiento de los criterios medioambientales, sociales y de gobierno corporativo, o ESG. Este año entran en vigor —de manera escalonada— varias directivas europeas y nacionales en la materia que les exigirán adaptar su comunicación de sostenibilidad hacia las partes interesadas de la empresa (clientes, proveedores, trabajadores, accionistas y comunidades afectadas por su actividad). Vemos qué normas son y resumimos sus puntos clave.

¿Cuáles son las novedades normativas ESG para el 2024?

La siguiente normativa, de obligado cumplimiento, cambiará el modo en que las empresas de la UE abordan y comunican la información sobre sostenibilidad a sus grupos de interés:

Informes de sostenibilidad

La Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD, por sus siglas en inglés) modifica la Directiva 2014/95/UE de divulgación no financiera. El nuevo reglamento a nivel europeo guiará a partir del 2024 la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las grandes empresas y pymes de la Unión Europea. Esta deberá incluir, entre otros aspectos, «los planes de la empresa […] para garantizar que su modelo de negocio y su estrategia sean compatibles con la transición hacia una economía sostenible y con la limitación del calentamiento global a 1,5 °C» del Acuerdo de París.

La CSRD multiplica su alcance, pasando de las 12 000 empresas implicadas por la anterior directiva a afectar a unas 50 000 empresas europeas, que deberán presentar informes periódicos de sostenibilidad. Ya durante este ejercicio, las organizaciones con más de 500 empleados deben recopilar información sobre su impacto social y en el medioambiente (por ejemplo, objetivos de reducción de emisiones GEI y compromisos de mitigación del cambio climático) para publicar en 2025.

Estándares europeos (ESRS)

Las compañías deberán reportar su información de sostenibilidad en base a unos estándares comunes. Los ESRS (European Sustainability Reporting Standards) son una docena de estándares europeos, alineados con la Iniciativa de Reporte Global, del inglés GRI. En total, más de 1700 requerimientos en cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza. Para facilitar el reporte a las empresas, la organización EFRAG o European Financial Reporting Advisory Group, impulsada por la Comisión, proporciona asesoramiento técnico para elaborar los estándares y ofrecerá directrices de aplicación.

Tanto la citada Directiva CSRD como los estándares ESRS incluyen como aspectos destacados información sobre la cadena de valor, así como los conceptos de doble materialidad y de diligencia debida. Este último, relacionado con la próxima Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad.

Diligencia debida

La nueva Directiva europea CSDDD (Corporate Sustainability Due Diligence Directive) obligará a las empresas a identificar, prevenir, mitigar y dar cuenta de cómo abordar sus impactos negativos sobre los derechos humanos y el medioambiente. Impactos, reales y potenciales, derivados tanto de las actividades propias de la empresa como de sus filiales y cadenas de valor.

La CSDDD se aplicará a empresas de la Unión con más de 500 empleados y 150 millones de euros de facturación, así como a otras empresas de alto impacto en determinados sectores. Incluyendo aspectos que afectan al vector residuos: la diligencia debida debe abarcar «los impactos ambientales adversos generados a lo largo de la gestión de residuos» y que se producen «en las propias operaciones, filiales, productos, servicios y cadenas de valor de las empresas, en particular en el abastecimiento de materias primas [...] o en la eliminación de productos o residuos».

Las multas por incumplimiento pueden suponer, al menos, el 5% de los ingresos de la compañía. Los países miembros tienen dos años para su trasposición. No obstante, España cuenta ya con el Anteproyecto de ley de protección de los derechos humanos, de la sostenibilidad y diligencia debida en las actividades empresariales transnacionales.

En febrero de 2024 la UE aplazó la votación de la CSDDD ante la falta de la mayoría necesaria para aprobarla, después de que Alemania anunciase que se abstendría.

Circularidad y ‘lavado verde’

La Directiva europea Green Claims tiene como objetivo proteger a los consumidores del greenwashing. Esta iniciativa legislativa establece criterios contra las declaraciones ambientales engañosas, poco fiables o falsas que las empresas hacen acerca de sus productos y servicios y que les inducen a error. La Green Claims quiere asimismo detener la proliferación de ecoetiquetas —en la actualidad hay unas 230 etiquetas ecológicas activas en Europa— y proteger, así, los sellos oficiales.

La Comisión Europea también ha propuesto modificar la Directiva sobre los derechos de los consumidores para obligar a productores y vendedores a facilitar información sobre la durabilidad y reparabilidad de sus productos. «Los consumidores tendrán derecho a saber durante cuánto tiempo está previsto que dure un producto y, en su caso, cómo puede repararse», señalan desde la CE. Para ello, los comerciantes deberán proporcionar dicha información al consumidor previamente a la compra y de manera clara y comprensible, bien en el embalaje, o bien en la descripción del artículo en su sitio web.

Esta nueva ley de la UE que prohíbe el blanqueo ecológico y la información engañosa ha sido finalmente aprobada en febrero de 2024.

Las organizaciones afrontan un aluvión normativo en materia ambiental, social y de buen gobierno. Las anteriores son las principales novedades normativas ESG para este año 2024. Desde la Red Española del Pacto Mundial de Naciones Unidas declaran que estos cambios «representan un desafío y una oportunidad para las empresas, ya que deben adaptarse a estándares más rigurosos y demostrar un mayor compromiso con la sostenibilidad en sus informes corporativos». 

Fecha
28/2/24
Categoría
Normativa
Etiquetas
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